lunes, 15 de noviembre de 2010

Construcción Nacional con tintes de laicidad educativa.

El propósito del presente ensayo, se encuentra delimitado por los acontecimientos vividos en México a partir de la relación, Iglesia-Estado, principalmente en asuntos de educación, pues como ya lo ha mencionado Guillermo Villaseñor : “ el empeño por la manipulación de las mentalidades mediante la educación principalmente como uno de los mecanismos políticos para la posesión y consolidación del poder, ha sido siempre uno de los telones-a veces de fondo y a veces de primer plano- que han estado en la escenificación de la historia política de México”. (1978:9)

Dicho lo anterior, es aquí donde regresamos nuestra mirada al artículo 3º de la Constitución de 1917, ya que a partir de ahí, el Estado Mexicano inicia la lucha por excluir a la Iglesia de terrenos educativos y así crear un Estado más soberano. Sin hacer un exhaustivo recorrido por la historia, mencionare los principales acontecimientos surgidos en México en torno a las modificaciones del articulo arriba mencionado, esto debido a que después de una serie de disputas, incidentes y fricciones entre Iglesia y Estado en asuntos educativos alrededor de 1921 a 1932, “La afirmación del Estado en su soberanía ante la Iglesia va a pretender ser tan sólida, que no se contentará con manifestarse en decretos y en reglamentos, o en discursos y amenazas contra quien pretenda salirse del paso en su marcha hegemónica, sino que echara mano del instrumento político-jurídico más fuerte del que dispone: la Constitución” (Villaseñor, G. 1978: 159)

De esta manera, el artículo 3º sufre dos reformas constitucionales en el periodo de 1934 a 1946. Los antecedentes de la reforma de 1934, dan inicio con la transformación del Partido de la Revolución Mexicana al Partido Nacional Revolucionario, ya que en la celebración de la Segunda Convención Nacional Ordinaria del PNR, en diciembre de 1933, una de las conclusiones a las que se llego, fue la intención de reformar el artículo tercero proponiendo que la educación primaria y secundaria deberán basarse en la doctrina socialista que la Revolución Mexicana sustentaba. Así mismo, para el año siguiente, el candidato oficial de dicho partido, Lázaro Cárdenas dijo en su campaña electoral que a pesar de que la unión de lo educativo, lo religioso y político formarían una unidad para la instancia ideológica de poder, no permitiría que el clero interviniera en la educación popular, facultad exclusiva del Estado. Esta afirmación fue apoyada, a pesar de las discrepancias políticas, por el discurso de Calles el 20 de julio de 1934.

Después de estas declaraciones, se presentaron dos proyectos de artículo 3º, uno emitido por Ernesto Soto Reyes junto con algunos senadores y diputados, el otro por el Bloque Nacional Revolucionario de la Cámara de Diputados, compuesto por miembros del PNR. Sin embargo, un tercer proyecto presentado por el Lic. Narciso Bassols con asesoramiento del Lic. Vicente Lombardo Toledano, comunistas de la misma filiación, fue el que se aprobó. Así, para el 13 de Diciembre de 1934, la principal modificación que tuvo el artículo 3º fue que la educación impartida por el Estado será socialista, nuevamente, la exclusión de toda doctrina religiosa, así como la necesidad combatir el fanatismo y lo prejuicios emitidos. Dicho lo anterior, debemos recordar que el 1º de Diciembre del mismo año, Lázaro Cárdenas era ya presidente de la República, por lo que en materia de educación, su política apoyaba fielmente al proyecto de educación socialista.

Así mismo, hubo otros aspectos en los que se manifiesta la voluntad por mantener el control sobre la iglesia. Por ejemplo, en enero de 1935, Cárdenas reformó la Ley General de Vías de Comunicación, esto con el fin de restringir el servicio público de difusión para evitar la propaganda o fomento de las creencia religiosas. Otro ejemplo, corresponde al decreto que creó la Ley de Nacionalización de Bienes, así, la iglesia no usurparía lo que no le corresponde. De esta manera, las reacciones de la Iglesia no se hicieron esperar y para Marzo de 1935, el representante personal de la suprema autoridad pontificia, es decir, el Delegado Apostólico daba instrucción a los fieles católicos argumentando que tocaba a las asociaciones de carácter cívico organizar a los padres de familia, a los maestros y a los estudiantes para le defensa de sus derechos para salvar a la patria y mejorar la situación de la Iglesia. Para contra arrestar este acto, surge la necesidad de crear una Ley Reglamentaria de Educación que al hacerse pública su creación por parte de un reportero, el Congreso apresuró su aprobación el 30 de Diciembre de 1939. Esta ley en cuanto al clero se refiere, establece la exclusión de toda intervención y apoyo de económico de las corporaciones religiosas así como de cualquier agrupación ligada a un credo religioso.

De esta manera, dichos intentos del Estado por lograr su conformación soberana en la educación levantaron nuevamente y de la misma manera, intentos por recuperar las posiciones de la Iglesia. Esto último se vio reflejado en la creación de un movimiento llamado Unión Nacional Sinarquista, que sugería el “orden” en medio del “caos”. Dicha unión fue resultado de la transformación del Centro Anticomunista en una reunión realizada el 23 de Mayo de 1937, asistiendo entre otros Manual Zermeño, Isaac Guzmán Valdivia, Hellmuth Olivares, Salvador Abascal, etc. Uno de los puntos del programa de la unión establecía que el Sinarquismo no era un partido político. Pero si de organizaciones con enfoque claramente político partidista se quiere hablar, la fundada en 1939 por el Lic. Manuel Gómez Morín es la indicada. Sin embrago, dentro de sus postulados básicos se encontraban los postulados de la Doctrina Social de la Iglesia. De esta forma, el Partido Acción Nacional (nombre de la organización) se convirtió en la nueva alternativa de acción política de los católicos.

Regresando a los asuntos del Estado en cuestión de educación, el siguiente paso, un poco desafortunado, dado por el gobierno mexicano, fue la elaboración de una nueva Ley Orgánica para 1941, paso intermedio para otra modificación al artículo 3º. Antes de la elaboración de dicha Ley, el entonces secretario de educación Octavio Vejar Vázquez pidió la opinión de los componentes de la UNPF (Unión Nacional de Padres de Familia), opinión que logró regular la organización de los padres de familia en las escuelas y velar sobre los planteles de estudio mediante el derecho a asociarse, creando así un nuevo clima de conciliación de intereses. Así mismo, dentro de la Ley, conceptos como revolución, educación y socialismo se utilizaron de forma distinta a lo establecido en la Constitución, y ahora se hablaba de colectividad, solidaridad, beneficio común y unidad nacional.

Continuando, para el año 1945 se da una serie de discusiones en torno a la iniciativa de Ley para la Reforma del artículo 3º, presentada por el Presidente Ávila Camacho. Para el año siguiente, en una manera por recuperar lo perdido en la Ley Orgánica arriba mencionada, el Congreso aprobó la modificación del tercer artículo constitucional. Los principales cambios que se dieron fue que las escuelas particulares ya no estarían sometidas a los métodos de enseñanza del Estado, pero seguían obligadas a llevar planes y programas oficiales. Otro cambio, fue que en lugar de tener una orientación socialista, la educación tendría un enfoque laico, por ejemplo, ajena a cualquier doctrina religiosa. Así, para el 30 de Diciembre de 1948 se pública en el Diario Oficial la reforma aprobada en 1946.

Es aquí, cuando se da un periodo de treguas y momentos de lucha no tan turbulentos entre Estado e Iglesia. Después de lo estipulado en el nuevo artículo 3º, respecto a las escuelas privadas, estas acrecentaron en número, por lo que se crearon algunos elementos de control para que se ajustaran a la legislación educativa vigente. Por ejemplo, se creó en 1950 una circular de la Dirección General de Enseñanza Primaria en los estados y territorios con el objetivo de verificar la no existencia de elementos religiosos en las escuelas. Años después, el 12 de Diciembre de 1950, para la afirmación prioritaria del Estado en la toma de decisiones en asuntos educativos, el Presidente Adolfo López Mateos decretó la creación de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, con iniciativa en 1944 por el secretario de Educación Pública Torres Bodet.

Ante el acto gubernamental arriba mencionado, no se hizo esperar la reacción por parte de la Iglesia y comienza una serie de reclamos públicos. Una de las inconformidades significativa, fue la expresada por el Partido Acción Nacional, no tanto por lo antipedagógico e ilegal de la implantación de los textos, sino por la evidente relación con la Jerarquía Eclesiástica demandando la protección de los “valores cristianos”. Dicha demanda, entre otras cosas, se daría a conocer en la Revista “La Nación”, publicación en donde no solo se sustentaba tesis política clásica del partido, sino que se daban noticias y se hacían comentarios acerca de la Iglesia, se hacían invitaciones a actos de culto y se publicaban documentos episcopales.

Hasta el episodio anterior, podemos observar que De esta manera el adjetivo laico de la educación siempre se vio permeado por la disputa entre Estado e Iglesia, pues el gobierno mexicano aposto por romper su relación con ella, para constituir la tan anhelada identidad nacional.

Thelma Amaya Hernández

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